José Elías Esteve, abogado, profesor de la Universitat de València y Doctor en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, es el redactor e investigador de las dos querellas presentadas ante la Audiencia Nacional por genocidio y crímenes contra la humanidad cometidos contra el pueblo tibetano, que fueron admitidas a trámite el 10 de enero de 2006 y 6 de agosto de 2008. En esta entrevista realizada por Attac TV analiza la reforma `exprés´ de la ley aprobada por el Partido Popular, cuyo objetivo es archivar cuanto antes la causa abierta en la Audiencia Nacional por el genocidio tibetano.
Entrevista a José Elías Esteve realizada por Attac TV.
Ya en 2009 PP y PSOE, entonces en el Gobierno, pactaron una reforma para restringir el principio de jurisdicción universal, por el que cualquier tribunal puede juzgar delitos como la tortura o el genocidio con independencia de la nacionalidad de las víctimas, de los acusados o el territorio donde se cometieron los crímenes. Pero dejaba una puerta abierta a la Audiencia Nacional para investigar crímenes en el extranjero cuando sus presuntos responsables estuviesen en España, hubiera víctimas españolas o existiese “algún vínculo de conexión relevante con España”. Por eso la causa por los crímenes en el Tíbet no podía cerrarse pese a los “intentos reiterados para que se cerrase por parte del Fiscal”, apostilla Elías. Existía esa conexión con España en tanto que una de las víctimas, Thubten Wangehen, tiene nacionalidad española.
Es esa rendija la que quiere cerrar ahora la proposición de ley del Grupo Popular, eliminando cualquier ambigüedad. La reforma exige, entre otros requisitos, que “la víctima tuviera nacionalidad española en el momento de la comisión de los hechos”; un requisito que no cumple el citado Thubten Wangehen.
Eso bastaría para que se archivase la querella, ya que las leyes penales favorables al reo tienen carácter retroactivo. El PP, no obstante, ha querido despejar cualquier duda que puedan plantear los jueces y ha incluido en su texto una insólita disposición transitoria en la que se ordena taxativamente: “Las causas que en el momento de entrada en vigor de esta ley se encuentren en tramitación […] quedarán sobreseídas hasta que no se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en ella”. Es decir, primero se archivan las investigaciones y luego se examina si deben reabrirse, en contra de toda lógica.
La opinión de Elías sobre la proposición de ley es rotunda: “el sistema de protección de los Derechos Humanos, en el caso del Tíbet, ha fallado”.
Publicado en el diario El País el pasado 23 de enero